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Visas L-1A Para Gerentes/Ejecutivos y Visas L-1B Para Especialistas
L-1 – VISAS PARA TRANSFERENCIAS DE EMPLEADOS ENTRE COMPAÑÍAS*
Un extranjero que durante los 3 años anteriores a solicitar la visa haya trabajado en el exterior por 1 año ininterrumpido, y que haya estado empleado por una organización calificada, puede ser admitido temporáneamente en los Estados Unidos para trabajar en una sucursal, casa central, o filial de aquel empleador como gerente o ejecutivo, o en algún puesto que requiera de conocimientos especializados. Se lo denomina cesionario entre compañías al extranjero transferido a los Estados Unidos bajo esta categoría no inmigratoria, y solicitante a la organización que procura la clasificación de un extranjero. Ciertas compañías que buscan la clasificación de un cesionario entre compañías pueden efectuar peticiones combinadas. *Extraído del sitio web de la USCIS: http://uscis.gov/graphics/services/visas.htm#L L-1A: Ejecutivo, Gerencial Capacidad Ejecutiva: a. Dirige la gerencia de una organización o componente de importancia o función de la organización. b. Determina los objetivos y políticas de la organización, componentes o funciones. c. Tiene amplia libertad en la toma de decisiones. d. Recibe supervisión o dirección general sólo de ejecutivos de niveles más altos, del comité de directores, o accionistas de la organización. Capacidad Gerencial: a. Maneja la organización, o un departamento, subdivisión, función o componente de la misma. b. Supervisa y controla el trabajo de otros empleados como supervisores, profesionales, personal administrativo, o realiza una función fundamental dentro de la organización, departamento o división de la misma. c. Tiene la autoridad de contratar y despedir o recomendar al personal, como así también de llevar a cabo ciertas acciones referentes a los empleados, como la autorización de ascensos o licencias, si otro u otros empleados están directamente supervisados. Si ningún otro empleado está directamente supervisado, funciona en un nivel superior dentro de la jerarquía de la organización o con respecto a la función asignada. d. Actúa con discreción en las operaciones diarias de la actividad o función en la cual el empleado tiene autoridad. No se considera que un supervisor de primera línea actúe con capacidad gerencial solo en virtud de su función de supervisión a menos que los empleados supervisados sean profesionales. Estadía: La estadía inicial es de hasta 3 años cuando el solicitante se incorpore a una oficina ya existente; y de 1 año si ingresa a una oficina nueva, con posibilidad de extenderse hasta 2 años. Estadía total limitada a 7 años. L-1B: Conocimiento Especializado Conocimiento especializado se refiere al conocimiento especial que posee un individuo sobre la organización del solicitante acerca del producto, servicio, investigación, equipamiento, técnicas, administración u otros intereses y sus aplicaciones en los mercados internacionales, o un avanzado nivel de conocimiento o competencia en los procesos o procedimientos de la organización. Estadía: La estadía inicial es de hasta 3 años cuando el solicitante se incorpora a una oficina ya existente; y de 1 año si ingresa a una oficina nueva; con posibilidad de extenderse hasta 2 años. Estadía total limitada a 5 años. L-2: Cónyuge o Hijo de L-1 El cónyuge e hijo soltero menor de edad de un beneficiario tienen derecho a una categoría L para no inmigrantes, y están sujetos al mismo período de admisión y límites que posee el beneficiario, si estos están acompañando o siguiendo al beneficiario a los Estados Unidos. Ni el cónyuge ni ningún hijo deben aceptar empleo a menos que se les haya otorgado una autorización de empleo. |