INMIGRACIÓN BASADA EN EL EMPLEO Y CERTIFICACIÓN LABORAL.
La inmigración basada en el empleo (con excepción de los inmigrantes especiales, las personas con habilidades extraordinarias, las exenciones por interés nacional y los inversionistas) requiere que el empleador o futuro empleador presente una petición. El empleador debe demostrar que tiene la capacidad financiera para pagar el salario ofrecido y que el empleado beneficiario cumple con los requisitos mínimos para desempeñar el trabajo satisfactoriamente. En ciertos casos (Segunda y Tercera Preferencia), el empleador debe obtener una Certificación Laboral que indique que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capacitados, dispuestos y calificados para desempeñar el trabajo y que el empleo del solicitante no afectará negativamente los salarios ni las condiciones laborales de los trabajadores estadounidenses. El proceso de Certificación Laboral se gestiona actualmente a través del sistema de Gestión de Revisión Electrónica de Programas (PERM). La Primera Preferencia es para trabajadores prioritarios, incluidas personas con habilidades extraordinarias, profesores e investigadores destacados, y ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales. La Segunda Preferencia es para miembros de profesiones que poseen títulos de posgrado o personas con habilidades excepcionales. La Tercera Preferencia es para trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores. La Cuarta Preferencia contempla a inmigrantes especiales, incluidos trabajadores religiosos, personas dependientes de tribunales, residentes que regresan y otros. La Quinta Preferencia es una categoría para inversionistas que concede la residencia a personas que invierten fondos significativos en los Estados Unidos ($1,000,000 o, bajo ciertas circunstancias, $500,000) y contratan a trabajadores estadounidenses como empleados.
Usted puede ser elegible para una visa de primera preferencia basada en el empleo si posee una habilidad extraordinaria, es un profesor o investigador destacado, o es un ejecutivo o gerente de una empresa multinacional.
Cada categoría ocupacional tiene ciertos requisitos de elegibilidad que deben cumplirse:
Categoría: Habilidad Extraordinaria
Descripción:
Debe poder demostrar una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes mediante un reconocimiento nacional o internacional sostenido.
Sus logros deben ser reconocidos en su campo mediante documentación extensa. No se requiere una oferta de empleo.
Evidencia:
Debe cumplir con 3 de los 10 criterios o proporcionar evidencia de un logro único (por ejemplo, un Premio Pulitzer, un Óscar o una Medalla Olímpica).
Criterios para Demostrar Habilidad Extraordinaria:
Debe cumplir con 3 de los 10 criterios que se indican a continuación para demostrar una habilidad extraordinaria en su campo:
(Extraído del sitio web de USCIS)
Usted puede ser elegible para una visa de primera preferencia basada en el empleo si posee una habilidad extraordinaria, es un profesor o investigador destacado, o es un ejecutivo o gerente de una empresa multinacional.
Cada categoría ocupacional tiene ciertos requisitos de elegibilidad que deben cumplirse:
Categoría: Profesores e investigadores sobresalientes
Descripción:
Debe demostrar reconocimiento internacional por sus logros sobresalientes en un campo académico específico. Debe contar con al menos 3 años de experiencia docente o de investigación en esa área académica. Debe ingresar a los Estados Unidos para ocupar un puesto docente permanente o encaminado a la permanencia, o un puesto de investigación comparable, en una universidad u otra institución de educación superior.
Evidencia:
Debe incluir documentación de al menos dos de los elementos que se indican a continuación y una oferta de empleo del futuro empleador estadounidense:
(Extraído del sitio web de USCIS)
Usted puede ser elegible para una visa de primera preferencia basada en el empleo si posee una habilidad extraordinaria, es un profesor o investigador destacado, o es un ejecutivo o gerente de una empresa multinacional.
Cada categoría ocupacional tiene ciertos requisitos de elegibilidad que deben cumplirse:
Categoría: Habilidad Extraordinaria
Descripción:
Debe poder demostrar una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes mediante un reconocimiento nacional o internacional sostenido.
Sus logros deben ser reconocidos en su campo mediante documentación extensa. No se requiere una oferta de empleo.
Evidencia:
Debe cumplir con 3 de los 10 criterios o proporcionar evidencia de un logro único (por ejemplo, un Premio Pulitzer, un Óscar o una Medalla Olímpica).
Criterios para Demostrar Habilidad Extraordinaria:
Debe cumplir con 3 de los 10 criterios que se indican a continuación para demostrar una habilidad extraordinaria en su campo:
(Extraído del sitio web de USCIS)
Categoría: EXENCIÓN POR INTERÉS NACIONAL
Descripción:
Las personas extranjeras que solicitan una exención por interés nacional piden que se exima el requisito de Certificación Laboral porque ello beneficia a los Estados Unidos. Aunque los empleos que califican para una exención por interés nacional no están definidos por ley, estas exenciones suelen concederse a personas con habilidades excepcionales (véase arriba) cuyo empleo en los Estados Unidos beneficiaría considerablemente al país. Quienes solicitan una exención por interés nacional pueden presentar una petición por cuenta propia (no necesitan que un empleador los patrocine) y pueden presentar su certificación laboral directamente ante USCIS junto con el Formulario I-140, Petición para Trabajador Extranjero.
Evidencia:
Debe cumplir con al menos tres de los criterios que se indican a continuación y demostrar que trabajar permanentemente en los Estados Unidos beneficia al interés nacional:
(Extraído del sitio web de USCIS)